DESCONVOCATORIA HUELGA EN UNIPOST
Estimad@s compañer@s, el seguimiento de la huelga a nivel Nacional ha sido excepcional, no siendo así en Murcia, pero lo importante es que las consciencias de cada un@ de vosotr@s se remueven y nos dan la razón, como así nos expresasteis much@s; sobre todo, al enterarse del MOTIVO DE LA DESCONVOCATORIA DE HUELGA: LA NO AUTORIZACIÓN A UNIPOST PARA REALIZAR EL DESCUELGUE SALARIAL.
Para hacernos una idea clara de dónde partimos y por qué hemos llegado a esta situación tenemos que hacer historia y recordar:
◘ Sueldo congelado ya va para 4 años.
◘ Despidos objetivos individuales realizados en diferentes territorios.
A pesar de que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social no autorizó a la empresa a despedir colectivamente a 140 trabajadores/as, pero sí le autorizó, a cambio, la reducción de jornada de 1972 compañer@s.
◘ Reducción de jornada de hasta el 25%, con lo que ello supone:
→ El PARO sólo abona el 70% de la reducción aplicada.
→ Dichas horas reducidas, computando a jornadas completas, a PARTIR DE 180 DÍAS completos consume PARO propio.
◘ Reducción de un 10% de todos los complementos individuales o colectivos.
◘ Lo último, el intento de Descuelgue Salarial del Convenio Colectivo, que, con las diferentes alegaciones de los Sindicatos, la Autoridad Laboral Ministerial-Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNC) HA DENEGADO… ¡¡MENOS MAL QUE NO ELEGIMOS NINGUNA OPCIÓN!!
Recordemos lo que querían hacer la empresa de nuevo:
→ EN CUANTO PAGA DE NAVIDAD DEL 2012:
Cobran ≥18.000 € brutos/año= ADIOS PAGA EXTRA ENTERA DE NAVIDAD.
Cobran < 18.000 € brutos/año= ADIOS MEDIA PAGA EXTRA NAVIDAD.
→ EN CUANTO AL SALARIO DEL 2013:
Cobran≥ 18.000 € brutos/año= REDUCCIÓN DEL 6% DEL SALARIO.
Cobran< 18.000 € brutos/año= REDUCCIÓN DEL 3% DEL SALARIO.
EJEMPLO PARA ½ PAGA EXTRA Y UNA REDUCCIÓN DEL 3%:
CONTANDO SÓLO EL SALARIO BASE ANUAL DE UN “REPARTIDOR-CLASIFICADOR”
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AHORA(SIN ERE)
SIN EL DESUELGUE SALARIAL
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CON LO QUE PRETENDÍA LA EMPRESA
(SIN ERE)
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10.020,22 €/año
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9.372,4843€/año
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DIFERENCIA ANUAL DE 647,73 €/año
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Por otro lado, si nos despidieran después, nuestra INDEMNIZACIÓN sería calculada en base a los 180 últimos días cotizados, esto es, la indemnización sería menor debido a la reducción de jornada experimentada, así como un 10% menos de los Complementos, sin ½ o 1 Paga extra y un 3 o 6% menos de Sueldo.
Todo lo anterior, a pesar de todos los referéndums y acuerdos realizados que, a sabiendas de su inconveniencia, se han firmado para intentar salvar la situación. Por su lado, la empresa, aun así, quiere seguir MANTENIENDOSE A COSTA DEL SALARIO DE LOS TRABAJADORES/AS, no cumpliendo con ninguno de los acuerdos firmados y, además, mintiéndonos (pacto de estabilidad en el empleo, avales para la sostenibilidad de la empresa…)
¿QUE QUIERE UNIPOST QUE PENSEMOS?
GRACIAS A TOD@S

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